Si hay violencia no hay candidatura
El Congreso de Michoacán aprobó una reforma electoral que impide competir por cargos públicos a deudores alimentarios, agresores de mujeres, personas condenadas por corrupción y responsables de delitos dolosos.

Sara Martínez | ClsComunica

Morelia, Michoacán a 28 mayo de 2026. El Congreso de Michoacán aprobó una reforma electoral que prohíbe registrar como candidatos a personas deudoras alimentarias, agresores de mujeres y personas con sentencias firmes por delitos dolosos o actos de corrupción.

La modificación al artículo 13 BIS del Código Electoral del Estado establece que quienes estén inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias no podrán aspirar a cargos de elección popular.

La reforma también impide candidaturas a personas condenadas por violencia contra mujeres, niñas y adolescentes, violencia familiar, violencia vicaria y violencia política de género.

Además, quedaron excluidas las personas con sentencias firmes por delitos vinculados con corrupción o sancionadas con inhabilitación para ejercer cargos públicos derivada de faltas administrativas graves.

El nuevo marco legal fue aprobado por la Septuagésima Sexta Legislatura tras el análisis de 24 iniciativas presentadas por diputadas y diputados del Congreso local.

Con los cambios, el Instituto Electoral de Michoacán deberá verificar que aspirantes no aparezcan en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias antes de otorgar candidaturas.

La reforma también retoma criterios establecidos en el artículo 38 de la Constitución federal, relacionados con la suspensión de derechos políticos y ciudadanos.

Legisladores señalaron que las nuevas disposiciones buscan elevar los estándares éticos en la política y evitar que personas con antecedentes de violencia, incumplimiento alimentario o corrupción accedan a cargos públicos.

La discusión ahora será si los filtros legales y las verificaciones institucionales realmente lograrán impedir que perfiles cuestionados lleguen a las boletas electorales.

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