septiembre 14, 2026
Congreso de Michoacán reforma Ley de Salud por enfermedades raras
La reforma constitucional fija un límite de 0.70% del Presupuesto de Egresos estatal para el Congreso, establece criterios de austeridad para servidores públicos y prevé que los ahorros se destinen a obra e infraestructura municipal.

Omaida Melissa García | ClsComunica

Morelia, Michoacán a 14 de septiembre de 2026.- El Congreso de Michoacán emitió la declaratoria de la Minuta de Decreto 477, con la que se incorporan a la Constitución estatal disposiciones de austeridad republicana, racionalidad del gasto público y límites a las remuneraciones de servidores públicos.

La declaratoria fue leída durante una Sesión Extraordinaria, luego de que 18 ayuntamientos reportaron formalmente la aprobación de la reforma: Tepalcatepec, Angamacutiro, Zamora, Zacapu, Uruapan, Hidalgo, Indaparapeo, Churumuco, Yurécuaro, Senguio, Tanhuato, Buenavista, Jiménez, Irimbo, Jacona, Briseñas, Turicato y Tlalpujahua.

El Congreso señaló que los municipios que no informaron el sentido de su votación se consideraron a favor mediante la figura de afirmativa ficta.

La minuta reforma los artículos 26, 44, 98, 98 A, 114, 129 y 156 de la Constitución Política del Estado de Michoacán y fue remitida a los 112 ayuntamientos y al Concejo Mayor Ciudadano de Cherán.

Entre las modificaciones destaca que el Poder Legislativo no podrá ejercer un presupuesto anual superior al 0.70% del Presupuesto de Egresos del Estado, con actualizaciones únicamente conforme a la inflación.

La reforma también establece que los ahorros derivados de las medidas de austeridad serán canalizados hacia obra e infraestructura pública municipal.

Además, incorpora disposiciones relacionadas con la paridad de género y la igualdad sustantiva en los ámbitos legislativo y municipal.

Las remuneraciones de consejeras y consejeros, así como de funcionarios del Instituto Electoral de Michoacán y magistradas y magistrados del Tribunal Electoral del Estado, deberán sujetarse a criterios de austeridad y racionalidad del gasto, respetando los topes establecidos en la Constitución.

Para funcionarios de elección popular y titulares de diversas administraciones públicas, la reforma establece que sus remuneraciones deberán ser proporcionales a las funciones desempeñadas y no podrán superar la correspondiente a la titularidad del Poder Ejecutivo federal.

Con la declaratoria aprobada, la minuta será enviada al titular del Poder Ejecutivo estatal para su publicación y entrada en vigor conforme al procedimiento constitucional.

La pregunta que queda es: ¿estos límites al gasto público se traducirán en ahorros reales para los municipios o quedarán únicamente como nuevas reglas en el papel?

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