Benjamín Álvarez | ClsComunica
Morelia, Michoacán a 24 de junio de 2026. Carmelo Domínguez Mota deberá ser reinstalado como director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), luego de que el Juzgado Séptimo de Distrito le concediera una suspensión provisional dentro del juicio de amparo que promovió contra su separación del cargo.
La resolución judicial establece que la restitución deberá mantenerse mientras se resuelve la situación jurídica de fondo y se emiten las determinaciones subsecuentes dentro del proceso constitucional.
El análisis realizado por la autoridad federal señala posibles irregularidades relacionadas con el procedimiento seguido por las autoridades universitarias para imponer la medida controvertida.
Uno de los puntos centrales del acuerdo judicial es la presunta vulneración al derecho de audiencia del académico, ya que no existen elementos que acrediten que hubiera sido escuchado previamente antes de imponerse la sanción reclamada.
De acuerdo con el juez, el artículo 139 del Estatuto Universitario establece la necesidad de otorgar esa garantía procesal, permitiendo al interesado exponer argumentos, presentar pruebas y formular alegatos.
La resolución también examinó el alcance de la medida aplicada por la Universidad Michoacana. En particular, observó que el oficio de notificación señalaba una suspensión cuya duración dependería del tiempo requerido para resolver los procedimientos instaurados.
No obstante, el juzgador precisó que el Estatuto Universitario no contempla expresamente una sanción temporal de esa naturaleza ni regula una figura que permita separar provisionalmente a un director de sus funciones.
Ante ello, consideró procedente otorgar la suspensión provisional prevista en la Ley de Amparo para evitar posibles afectaciones a los derechos del promovente mientras continúa el litigio.
La resolución tiene efectos inmediatos y obliga a restituir a Carmelo Domínguez Mota en la Dirección de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
Será en las siguientes fases del juicio cuando la autoridad federal determine si los actos reclamados fueron o no ajustados a derecho y emita una resolución definitiva sobre el caso.
