julio 14, 2026
Juzgado de Morelia aprueba convivencia entre adolescentes y su abuela paterna.
Un juzgado familiar de Morelia aprobó un convenio que permitirá a una abuela paterna convivir de manera quincenal con sus nietos de 12 y 15 años, privilegiando el interés superior de los adolescentes y el diálogo entre las partes.

Omaida Melissa García | ClsComunica

Morelia, Michoacán a 14 de julio de 2026. El Juzgado Octavo Oral Familiar de Morelia aprobó un convenio de convivencia entre una abuela paterna y sus dos nietos adolescentes, de 12 y 15 años de edad, luego de que las partes alcanzaran un acuerdo durante el proceso judicial.

El caso inició cuando la abuela solicitó la intervención del juzgado al señalar que, tras el divorcio de su hijo, la madre de los adolescentes le impedía convivir con ellos. La mujer sostuvo que la negativa estaba relacionada con el incumplimiento del pago de la pensión alimenticia por parte del padre.

Por su parte, la madre rechazó haber obstaculizado el contacto y afirmó que eran los propios adolescentes quienes no deseaban convivir con su abuela. También recordó que el convenio de divorcio establecía que las convivencias entre el padre y sus hijos se realizarían en el domicilio de los abuelos paternos.

Durante el procedimiento se informó que el padre reside actualmente en otra entidad del país y mantiene comunicación con sus hijos por vía telefónica. Además, se confirmó que existían diferencias entre la madre y la abuela, situación que había dificultado la relación familiar.

Antes del inicio de la audiencia de juicio, ambas partes lograron un acuerdo mediante un proceso de conciliación, por lo que el juzgado aprobó un régimen de convivencia quincenal entre la abuela y los adolescentes.

La autoridad judicial estableció que las convivencias deberán respetar la voluntad de los adolescentes, quienes no podrán ser obligados a asistir. En caso de que decidan permanecer más tiempo con su abuela, ese deseo podrá atenderse siempre que favorezca su bienestar y desarrollo.

Asimismo, las partes fueron exhortadas a cumplir el convenio, mantener una relación de respeto y evitar conductas que afecten la convivencia familiar, además de considerar los horarios escolares y las actividades extracurriculares de los adolescentes.

¿Hasta qué punto los conflictos entre personas adultas deben influir en la relación de niñas, niños y adolescentes con otros integrantes de su familia, cuando no existe un riesgo para su bienestar?

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