Sara Martínez | ClsComunica
Morelia, Michoacán a 15 de abril de 2026. El diputado Abraham Espinoza Villa presentó una iniciativa para reformar el Código Familiar de Michoacán y establecer un plazo mínimo de tres años de matrimonio como referencia para acceder a una indemnización por trabajo doméstico y de cuidados.
Actualmente, el artículo 258 ya reconoce este derecho —respaldado por criterios de la Suprema Corte—, pero no fija un tiempo mínimo, lo que ha derivado en resoluciones distintas entre jueces y, en consecuencia, incertidumbre jurídica.

La propuesta busca acotar ese margen. El plazo de tres años no sería una condición rígida, sino un parámetro que permita identificar cuándo existió una vida en común con impacto económico real, especialmente bajo el régimen de separación de bienes.
El legislador argumentó que el trabajo doméstico —cuidado de hijas e hijos, atención a personas mayores, organización del hogar— sigue sin ser remunerado ni plenamente reconocido, pese a sostener la vida familiar. En la práctica, son mayoritariamente mujeres quienes lo asumen, con efectos directos en su desarrollo profesional y autonomía económica.

La iniciativa incluye una excepción: el juez podrá otorgar la indemnización incluso sin cumplir el plazo, siempre que existan condiciones justificadas, como la existencia de hijos o una dedicación inmediata al cuidado. La decisión deberá estar fundada y con perspectiva de género.
Con esto, se busca reducir la discrecionalidad judicial y fortalecer un marco legal que, según el legislador, debe responder a las condiciones reales de desigualdad económica e informalidad en el estado.
La discusión de fondo no cambia: el trabajo que sostiene los hogares sigue sin salario, pero ahora podría tener reglas más claras para ser compensado.
¿Regular el tiempo es suficiente para reconocer el valor del trabajo doméstico o se sigue quedando corto frente a una deuda estructural?
