octubre 1, 2026
reforma de nacionalidad para aspirantes a cargos ejecutivos
La minuta obtuvo 22 votos a favor y propone que quienes aspiren a la Presidencia o a una gubernatura no tengan otra nacionalidad. Los cambios se aplicarían desde el proceso electoral de 2028.

Omaida Melissa García | ClsComunica

Morelia, Michoacán a 1 de octubre de 2026.- El Congreso de Michoacán aprobó, con 22 votos a favor, una minuta de reforma a los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución federal sobre los requisitos de nacionalidad para ocupar la Presidencia de México y las gubernaturas.

La propuesta establece que quien aspire a la Presidencia debe ser ciudadano mexicano por nacimiento, hijo de madre o padre mexicanos, estar en pleno goce de sus derechos y haber residido en el país al menos 20 años. También dispone que no tenga ni adquiera otra nacionalidad y que, si la tiene, renuncie a ella antes de solicitar el registro como candidato, conforme a lo que establezca la ley.

De aprobarse la reforma en el proceso constitucional correspondiente, quien ocupe la Presidencia tampoco podría adquirir o solicitar otra nacionalidad, usar pasaporte o documentos de identificación de otro Estado, ejercer derechos políticos ante autoridades extranjeras ni acogerse a su protección diplomática.

La minuta extiende restricciones similares a quienes aspiren a una gubernatura. Además de no tener otra nacionalidad, deberán ser originarios del estado o acreditar al menos cinco años de residencia y tener 30 años cumplidos el día de la elección.

El decreto plantea que los cambios se apliquen a partir del proceso electoral de 2028 y excluye a quienes ya ocupen la Presidencia o una gubernatura cuando entre en vigor. La aprobación del Congreso michoacano corresponde a una etapa del proceso de reforma constitucional federal.

¿Qué justifica estos nuevos requisitos y cómo se garantizará que su aplicación sea clara y uniforme?

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