septiembre 23, 2026
hospitales retienen cuerpos por adeudos en Michoacán
El diputado priista Memo Valencia planteó reformar el Código Penal de Michoacán para sancionar a quienes condicionen la entrega de cuerpos de personas fallecidas al pago de cuentas hospitalarias, así como los cobros por servicios médicos que no fueron prestados.

Omaida Melissa García | ClsComunica

Morelia, Michoacán a 23 de septiembre de 2026.- El diputado local del PRI, Memo Valencia, propuso reformar el Código Penal de Michoacán para sancionar a hospitales y clínicas privadas que, bajo determinadas circunstancias, condicionen o retrasen la entrega de cuerpos de personas fallecidas al pago de adeudos médicos.

La iniciativa plantea adicionar una fracción al artículo 186 y otra al artículo 218 del Código Penal estatal. Actualmente, el artículo 186 contempla como delito el atentado contra los restos de personas fallecidas, incluyendo conductas como la violación de sepulcros o la profanación de cadáveres.

La propuesta busca ampliar ese artículo para incluir a quienes condicionen, retrasen u obstaculicen la entrega de un cuerpo a sus familiares o a quien tenga derecho legal a recibirlo, cuando la condición sea cubrir total o parcialmente una cuenta, factura, pagaré, convenio de reconocimiento de adeudo u otro documento de cobro.

La segunda modificación planteada pretende sancionar a quienes facturen o cobren insumos, medicamentos, materiales, procedimientos, servicios o unidades de sangre que no hayan sido suministrados o administrados al paciente.

También contempla los cobros considerados desproporcionados por conceptos que no hayan sido pactados o que no existan.

La propuesta surge de un caso ocurrido en Morelia

Valencia señaló que la iniciativa surgió a partir de un caso ocurrido el 25 de julio en Morelia, cuando, según su relato, una familia habría enfrentado dificultades para obtener el cuerpo de un hombre fallecido en un hospital privado del sur de la ciudad hasta cubrir una cuenta de aproximadamente 300 mil pesos.

El diputado utilizó el término «secuestro» para describir la conducta que pretende incorporar al Código Penal, aunque la iniciativa busca establecer una figura jurídica específica relacionada con la retención u obstaculización de la entrega de restos humanos por motivos de cobro.

Valencia sostuvo que las familias que acuden a hospitales con personas gravemente heridas también pueden convertirse en víctimas de prácticas de cobro que, de acuerdo con su planteamiento, deberían ser objeto de sanción penal.

La iniciativa fue turnada para su análisis legislativo y el diputado pidió a la Comisión de Justicia revisar el proyecto para que, en su caso, continúe el procedimiento para su discusión y votación.

La propuesta contempla dos asuntos distintos: impedir que la entrega de cuerpos sea condicionada al pago de adeudos y sancionar la facturación de servicios, insumos o procedimientos médicos que no hayan sido efectivamente proporcionados.

¿La creación de estas nuevas conductas delictivas permitiría proteger a las familias frente a prácticas abusivas sin afectar el derecho de los establecimientos médicos a exigir el pago de servicios efectivamente prestados?

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