Omaida Melissa García | ClsComunica
Morelia, Michoacán a 20 de octubre de 2026.- El Congreso del Estado aprobó una reforma al artículo 16 de la Ley de Salud Mental de Michoacán para incorporar acciones obligatorias de prevención, orientación y detección oportuna de trastornos emocionales en la niñez y la adolescencia.
La iniciativa, dictaminada por la Comisión de Salud y Asistencia Social a propuesta del diputado Juan Carlos Barragán, fija el deber del Gobierno estatal de diseñar programas sobre salud mental adaptados a la edad y contexto escolar, familiar y social de las personas menores de edad.
Las modificaciones establecen que las campañas institucionales deberán focalizarse en la identificación temprana de factores de riesgo asociados al estrés y la ansiedad, padecimientos que afectan el desarrollo integral de la infancia si no son atendidos a tiempo.
De igual forma, la ley amplía el alcance de las intervenciones informativas para incluir no solo a los núcleos familiares tradicionales, sino a personas cuidadoras, buscando abarcar los distintos entornos de crianza.
El dictamen estipula que la difusión de contenidos deberá realizarse sin mensajes estigmatizantes o alarmistas, garantizando perspectiva de género, pertinencia cultural y un lenguaje accesible que respete la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.
¿Serán suficientes las campañas de sensibilización escolar e informativa para frenar el aumento de problemas de salud mental en la infancia sin un incremento sustancial en el presupuesto para atención psicológica pública?
