
Comunicado
El legislador impugnó la negativa de recibir el Segundo Informe Trimestral de Avance Presupuestal y Programático 2025, junto con sus anexos y soportes. Aunque el TEEM declaró que no tiene competencia para intervenir en temas del funcionamiento interno del Congreso, sí determinó que la información solicitada es indispensable para el desempeño del cargo público, por lo que ordenó su entrega.
Además, el Tribunal conminó al funcionario legislativo a cumplir con la sentencia previa del expediente TEEM-JDC-201/2025, ya firme, que también ordenaba entregar documentación similar.
En un segundo punto, el Pleno resolvió un Incidente de Incumplimiento de Sentencia derivado del mismo caso, el cual declaró infundado, al acreditarse que el funcionario entregó parte de la información contable y presupuestal requerida conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
El Tribunal concluyó que la sentencia del 24 de julio de 2025 fue cumplida en sus términos, aunque reiteró que las áreas administrativas del Congreso deben garantizar el acceso a información pública y de gestión parlamentaria cuando ésta sea necesaria para el ejercicio de funciones legislativas.